En caso de que no exista cónyuge ni huérfano, se otorgará una pensión por ascendencia a cada uno de los padres del asegurado fallecido. Este derecho asegura que el monto de la pensión para cada uno de ellos será igual al 20% de la que hubiese estado recibiendo el asegurado directo por invalidez o vejez, o la que hubiera tenido derecho a recibir.
Requisitos
- Acta de defunción original del asegurado directo…
- Partida de nacimiento original del fallecido
- Copia de tarjeta de identidad del fallecido
- Copia del carnet de pensionado si el fallecido era pensionado del IHSS.
- Partida de nacimiento original del solicitante o beneficiario.
- Copia de la DNI del solicitante.
El o los asegurados deben presentarse ante la Secretaría General de Tegucigalpa o a la Oficina Regional del IHSS, para solicitar la Pensión por muerte Supervivencia (Madre o Padre) con la documentación siguiente: